¿Qué hago si Aparece Una Multa en el SIMIT Que no Reconozco?

¿Qué hago si Aparece Una Multa en el SIMIT Que no Reconozco?

Encontrar una multa en el SIMIT que no reconoce causa preocupación inmediata, porque afecta trámites como el paz y salvo, la renovación de la licencia o el traspaso de un vehículo. La ley de tránsito en Colombia exige actuar rápido para defender sus derechos.

¿Por qué Puede Aparecer una Multa desconocida en el SIMIT?

El SIMIT (Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito) centraliza todas las comparendos impuestos por los organismos de tránsito del país.
Sin embargo, no todas las multas registradas corresponden realmente al conductor o propietario consultado. Los motivos más frecuentes son:

  • Errores en la placa o en la digitación de datos por parte de la autoridad.
  • Fotomultas erróneas, donde la imagen no corresponde al vehículo del ciudadano.
  • Notificación indebida, es decir, que la persona nunca recibió comunicación oficial sobre la infracción.
  • Vehículos vendidos sin traspaso, que generan multas al antiguo propietario.

En cualquiera de estos escenarios, el afectado debe ejercer su derecho a la defensa dentro de los plazos que establece la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) y sus modificaciones.

Paso 1: Verifique el detalle de la multa

Antes de impugnar, es indispensable conocer toda la información de la infracción:

  1. Consulte el SIMIT ingresando con su número de cédula o la placa del vehículo.
    Allí encontrará fecha, hora, código de infracción, valor y la Secretaría de Movilidad u organismo que la impuso.
  2. Revise la evidencia.
    Si se trata de una fotodetección, ingrese al portal de la autoridad emisora (por ejemplo, Secretaría de Movilidad de Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, etc.) y verifique la foto o el video.
    Esto le permitirá comprobar si el vehículo corresponde o si se trata de un error.

Paso 2: Inicie el proceso de impugnación

La ley colombiana establece plazos muy cortos para actuar.

  • Comparendos manuales: si el agente de tránsito impuso la orden directamente en la vía, el ciudadano tiene cinco (5) días hábiles para solicitar audiencia de impugnación.
  • Fotomultas: cuando la infracción es detectada por cámaras, el plazo es de once (11) días hábiles desde la notificación para pedir audiencia.

¿Y si nunca fue notificado?

Un gran número de multas desconocidas se originan porque el conductor nunca recibió la notificación en la dirección registrada en el RUNT (Registro Único Nacional de Tránsito).
En estos casos, se configura indebida notificación, lo que vulnera el derecho al debido proceso.

Por eso es importante mantener los datos actualizados en el RUNT: dirección, teléfono y correo electrónico.

Paso 3: Agende la audiencia

Al detectar la multa, lo más seguro es solicitar la audiencia inmediatamente ante el organismo de tránsito que la impuso, aunque usted no haya sido notificado en forma correcta.
Esto se puede hacer de manera virtual o presencial según cada Secretaría de Movilidad.

Paso 4: Presente pruebas en la audiencia

En la audiencia usted podrá defenderse frente a un inspector de tránsito.
Los argumentos más comunes para multas no reconocidas son:

  • Error en la placa o el vehículo: la imagen de la fotomulta no corresponde.
  • Indebida notificación: no recibió comunicación oficial en la dirección registrada en el RUNT.
  • Venta del vehículo: la infracción ocurrió después de la fecha de la compraventa.

Debe llevar todos los soportes:

  • Cédula de ciudadanía.
  • Documentos del vehículo.
  • Certificados del RUNT.
  • Contrato de compraventa si aplica.
  • Fotos, videos u otros elementos que demuestren el error.

¿Qué hacer si el plazo ya venció?

Aunque la ley fija tiempos cortos para la audiencia, todavía existen recursos:

  1. Derecho de Petición: se puede radicar ante el organismo de tránsito solicitando la revocatoria directa del comparendo por indebida notificación o violación al debido proceso.
  2. Prescripción:
    • El comparendo debe convertirse en multa en máximo 1 año desde su imposición.
    • La multa prescribe a los 3 años desde que quedó en firme, o en 6 años si hubo cobro coactivo.

Si los tiempos han vencido, puede pedir formalmente la prescripción de la deuda.

¿Por qué es importante actuar rápido?

Ignorar una multa en el SIMIT que no reconoce puede traer consecuencias serias:

  • Bloqueo de trámites en el RUNT como el traspaso de un vehículo.
  • Imposibilidad de renovar la licencia de conducción.
  • Inicio de procesos de cobro coactivo por parte de la autoridad de tránsito.

Por eso la recomendación es revisar el SIMIT con frecuencia y actuar de inmediato al detectar inconsistencias.

¿Necesito un Abogado?

No siempre es obligatorio, pero si la multa es antigua, si vencieron los plazos de impugnación o si existe riesgo de cobro coactivo, lo más prudente es buscar la asesoría de un abogado especializado en derecho de tránsito.
Esto garantiza un análisis técnico de su caso y una defensa adecuada.

Conclusión

Encontrar una multa desconocida en el SIMIT no significa que usted sea responsable de inmediato. La legislación colombiana protege el derecho de defensa y establece mecanismos claros para impugnar, pedir revocatoria o incluso alegar prescripción.
La clave está en actuar sin demora, revisar la evidencia, presentar pruebas y apoyarse en las normas vigentes para proteger su historial en el tránsito.

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